Este error (Puerto Rico) · Go Syfert
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Este error in Puerto Rico

18 Puerto Rico opinions name it 2 courts 1926–2023 6 in the last five years

The cases below were cited by Puerto Rico courts in a sentence that names this issue. Sides come from how each citing opinion treated the case (Syfertize flag on that citation), so a case can appear on both: that is where the law is contested. A red or yellow chip is the case's own overall treatment.

Followed or applied (5)

CaseFollowedCited
Plan de Bienestar de Salud de la Unión de Carpinteros de Puerto Rico v. Seaboard Surety Co.green
prsupreme · 2011 · cited in 6 Puerto Rico opinions naming this issue, 2023–2023
2 sentences

2023Co., 182 DPR 714, 723 (2011). 158 Incluye la reclamación de LPC&D en la Demanda contra Coparte sobre reclamo por arena dentro de las columnas de piedra.

2023Co., 182 DPR 714, 723 (2011). 158 Incluye la reclamación de LPC&D en la Demanda contra Coparte sobre reclamo por arena dentro de las columnas de piedra.

66
Hernández Morales v. Caraballogreen
prsupreme · 1951 · cited in 1 Puerto Rico opinions naming this issue, 1996–1996
1 sentence

1996Hernández v. Caraballo, 72 D.P.R. 673, 683 (1951).

11
Sánchez Rodríguez v. López Jiménezgreen
prsupreme · 1985 · cited in 1 Puerto Rico opinions naming this issue, 1996–1996
1 sentence

1996"El procedimiento puro formal, no debe obstaculizar ni derrotar el derecho sustantivo de las partes cuando de las alegaciones surge la calidad de las partes." Sánchez Rodríguez v. López Jiménez, 116 D.P.R. 172, 189 (1985).

11
Cardona v. Corte de Distrito de Humacaogreen
prsupreme · 1943 · cited in 1 Puerto Rico opinions naming this issue, 1949–1949
1 sentence

1949(Bastardillas nuestras.) La contención principal de la apelante en cuanto a este error es que, habiendo el apelado reclamado en su demanda $5,350.12 por salarios dejados de percibir, al sólo reconocerle la corte derecho a percibir $1,671.70, es forzoso concluir “que no hubo temeridad alguna por parte de la demandada-ape-lante al defenderse de una reclamación a todas luces excesiva e injusta.” La sección 16(b) del Fair Labor Standards Act, 29 U.S.C.A. sec. 216 (b), pág. 255, en lo pertinente dispone que “Cualquier patrono que viole las disposiciones de las seccio-nes 206 ó 207 de este título [e

11
People v. Kinggreen
calctapp · 1938 · cited in 1 Puerto Rico opinions naming this issue, 1946–1946
1 sentence

1946Véase People v. King, 85 P.2d 928, 941 (Calif., 1938); People v. Crossan, 261 P. 530 (Calif., 1927); People v. Sowell, 78 P. 716 (Calif., 1904); 15 Cal. Jur., sección 52, pág. 382; Annotation, 92 Á.L.R. 1109.

11

Distinguished, questioned or overruled (0)

CaseNegativeCited
No negative-treatment citations attached to this issue in Puerto Rico. Read the followed side critically anyway.

Also cited on this issue (12)

CaseCitedYears
Garage Rubén, Inc. v. Tribunal Superior green
prsupreme · 1973
1 sentence

1998Este error no fue presentado ante la consideración de la Junta de Calidad Ambiental y, de ordinario, este Foro no considera en revisión cuestiones que no hayan sido planteadas o resuel-tas por la agencia administrativa apelada, Garage Rubén, Inc. v. Tribunal Superior, 101 D.P.R. 236 (1973).

11998–1998
Pyramid Products, Inc. v. Buscaglia green
prsupreme · 1945
1 sentence

1995Este error no fué discutido por Reliable en su escrito de apelación y se limitó prácticamente a citar el caso de Pyramid Products v. Buscaglia, 64 D.P.R. 828 (1945), para apoyar su contención.

11995–1995
Pueblo v. Millán Carrión neutral
prsupreme · 1950
1 sentence

1967Pueblo v. Nicole, 71 DPR 866 (1950); Pueblo v. Millán, 71 DPR 440 (1950).” (4) “Erró el Honorable Tribunal Sentenciador al to-mar en consideración, al momento de sentenciar a la acusada, la alegación de subsiguiente que intentó introducir el Ministerio Público; a pesar de que en todo momento el caso se mantuvo como uno de hurto mayor sencillamente.” Este error fue cometido.

11967–1967
Pueblo v. Nicole green
prsupreme · 1950
1 sentence

1967Pueblo v. Nicole, 71 DPR 866 (1950); Pueblo v. Millán, 71 DPR 440 (1950).” (4) “Erró el Honorable Tribunal Sentenciador al to-mar en consideración, al momento de sentenciar a la acusada, la alegación de subsiguiente que intentó introducir el Ministerio Público; a pesar de que en todo momento el caso se mantuvo como uno de hurto mayor sencillamente.” Este error fue cometido.

11967–1967
Pueblo v. Cirino green
prsupreme · 1949
1 sentence

1961El Pueblo invoca por analogía el caso de Pueblo v. Cirino, 69 D.P.R. 525 .

11961–1961
Peña v. Eastern Sugar Associates green
prsupreme · 1953
1 sentence

1956En Peña v. Eastern Sugar Associates, supra, dijimos a la pág. 321 que si bien “la regla federal es que cuando se invalida un contrato tipo Belo, el ‘tipo sencillo’ por hora se determina dividiendo el salario semanal por el número total de horas de hecho trabajadas durante esa semana específica. . . . el artículo 7 ... de la Ley núm. 379 cambia esta regla, en beneficio del empleado, disponiendo que bajo estas circunstancias el divisor es el número de horas que consti-tuyen la semana regular de trabajo.” (9) En armonía con lo así resuelto, para determinar la compensación adicional a que tiene de

11956–1956
Overnight Motor Transportation Co. v. Missel red
scotus · 1942
1 sentence

1949En el mismo caso de Cardona , pág. 76, citamos el de Overnight Motor Co. v. Missel, 316 U.S. 572 , en el cual se resolvió que los “daños liquidados” a que se refiere el Fair Labor Standards Act “son una com-pensación, no una penalidad o castigo por parte del Go-bierno.” Es cierto que aun cuando en distintas partes de la opinión en el caso de Cardona , hicimos referencia a la sección 215 de la Ley núm. 41 de 1941, expresamente hici-mos constar también en el escolio 2, que “. . . cualesquiera referecias a la Ley núm. 8 de 1941 en esta opinión han sido sencillamente a manera de ejemplo.

11949–1949
People v. Young neutral
calctapp · 1927
1 sentence

1946Véase People v. King, 85 P.2d 928, 941 (Calif., 1938); People v. Crossan, 261 P. 530 (Calif., 1927); People v. Sowell, 78 P. 716 (Calif., 1904); 15 Cal. Jur., sección 52, pág. 382; Annotation, 92 Á.L.R. 1109.

11946–1946
Pueblo v. Dones green
prsupreme · 1940
1 sentence

1945Este error por parte de la corte hubiera podido considerarse como un error que no lesionaba los derechos sustanciales del acusado si la corte hubiera ins-truido al jurado de manera clara y específica que tenían ellos el deber de determinar si la confesión fué hecha voluntaria-mente, y que recaía sobre el fiscal la carga de la prueba para demostrar que la confesión era voluntaria, Pueblo v. Dones, supra; pero no se hizo así, y el juez se limitó a dar la ins-trucción de que para que la confesión fuera admisible en evidencia era necesario que hubiera sido voluntariamente hecha. (1) Habida cuenta

11945–1945
Castelló v. Pérez neutral
prsupreme · 1914
1 sentence

1939Este error ha sido subsanado poste-riormente en los casos de Goll et al. v. Higo, 16 D.P.R. 319 ;, Gastello et al. v. Pérez et al., 21 D.P.R. 203 ; y Paniagua v. El Pueblo, 33 D.P.R. 902 , donde se ha resuelto que siendo las cortes de distrito cortes de récord, se presume que han ac-tuado con jurisdicción sobro las personas y sobre la materia a menos que claramente aparezca lo contrario.

11939–1939
Paniagua green
prsupreme · 1925
1 sentence

1939Este error ha sido subsanado poste-riormente en los casos de Goll et al. v. Higo, 16 D.P.R. 319 ;, Gastello et al. v. Pérez et al., 21 D.P.R. 203 ; y Paniagua v. El Pueblo, 33 D.P.R. 902 , donde se ha resuelto que siendo las cortes de distrito cortes de récord, se presume que han ac-tuado con jurisdicción sobro las personas y sobre la materia a menos que claramente aparezca lo contrario.

11939–1939
Sucesores de Oliva y Ca. v. J. Matienzo y Ca. neutral
prsupreme · 1907
1 sentence

1926Este error no existe, porque la demandante pidió en la súplica de .su demanda que se condenase a los demandados al pago de $931.90 e intereses al 1 por ciento mensual desde el 30 de mayo de 1922, sin que su manifestación de que en la fecha de la demanda ascendían los intereses a $301.40 sea una limitación a su derecho a cobrarlos hasta el total pago de la deuda; y sin que sea de aplicación el caso de Sucrs. de Oliva & Ca. v. Matienzo & Ca., 13 D.P.R. 293 , porque en éste no se trataba de intereses sino de daños y perjuicios futuros que podían ocurrir o nó después de la sentencia.

11926–1926

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